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1598, Salamanca. Portada facsimilada en papel de época. Folio, 337 fols. (errores en paginación, pero completo de páginas)
Además: "ADDITIONES AD COMMENTARIA DOCTISSIMI ANTONI GOMETII (por Diego Gómez) IN LEGES TAURI". 107 pags.-12h., respec., a doble columna. Encuad. hol.-pergamino, moderna.
Derecho, LEYES DE TORO, LEGISLACION
A principios del siglo XVI, el testamento de Isabel la Católica encargaba a una comisión de expertos que recopilara toda la normativa existente y pusiera orden en la difícil convivencia entre fueros municipales y nobiliarios y entre éstos y "las Partidas", solucionando la falta de un texto legal aplicable en muchos litigios y las contradicciones existentes entre normas tan diversas. La comisión, formada por prestigiosos licenciados, el obispo de Córdoba y los doctores Montalvo, Galíndez de Carvajal y Palacio Rubio, formuló 83 leyes que resolvían múltiples cuestiones, especialmente en materia de Derecho Civil, que se publicaron por decreto de las Cortes de Toro en 1505. Desde entonces, aquel cuerpo de leyes es conocido como las "Leyes de Toro".
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