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1815, Madrid, Ibarra, Impresor de Cámara de S.M.
Folio mayor, 7h. (con un Grabado intercalado a ½ pagina), XLIV-162 pags. con el texto latino (a doble columna), XVI, y 231 pags. con el texto castellano (a doble columna). Encuad. hol.-piel (de cabra) nervios y lomera cuajada, de época. Corte superior dorado. Bonito ejemplar.
DERECHO, HISTORIA
Se denomina Fuero Juzgo al cuerpo legal elaborado en Castilla en 1241 por Fernando III y que constituye la traducción del Liber Iudiciorum del año 654, escrita en lengua romance, promulgado en la época visigoda.
El Fuero Juzgo fue el cuerpo de leyes que rigió en la peninsula Ibérica durante la dominación visigoda y que supuso el establecimiento de una norma de justicia común para visigodos e hispanoromanos, sometiendo por igual ' (...) á los barones, cuemo a las mugieres, é a los grandes cuemo á los pequennos'.
Esta formado por el titulo preliminar, 12 libros y un apendice con el glosario de voces anticuadas y raras que se encuentran en el texto castellano. Se destacan, entre otras disposiciones los supuestos en que se autorizaba el divorcio, el deber cívico de acudir "a la hueste", los diferentes tipos de contratos y el procedimiento a seguir en juicio.
El Fuero Juzgo se aplicó como derecho local, en calidad de fuero municipal, a los territorios meridionales de la península que Castilla iba conquistando a los reinos musulmanes. Su primera referencia como norma vigente y aplicable la encontramos en Córdoba. En 1348, el Ordenamiento de Alcalá le otorgó preeminencia legal sobre Las Partidas.
El Fuero Juzgo pervivió como derecho vigente hasta la aprobación del Código Civil a finales del siglo XIX y en la actualidad sigue vigente como derecho foral civil supletorio en el País Vasco, Navarra y Aragón. Sin duda se trata de una verdadera joya del pasado jurídico español.
El Fuero Juzgo fue impreso por primera vez en París en 1579 bajo el título "Codicis Legum Wisigothorum Libri XII", la primera traducción impresa en castellano es la ralizada por Villadiego el año 1600.
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